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Historia

HISTORIA TERRITORIAL DEL MUNICIPIO MARACAIBO


   Maracaibo es el municipio más poblado del estado venezolano del Zulia con más de un millón de habitantes, lo que lo ubica entre los primeros de Venezuela. Posee 393 km² y está localizado en el lado oeste del Lago de Maracaibo. Su capital es la ciudad de Maracaibo, es el centro económico, financiero, político y militar del estado, de allí su gran importancia.

Pero el concepto de Municipio originariamente proviene de los españoles, quienes lo utilizaron para demarcar política y administrativamente el territorio venezolano cuando este era su colonia.

Posteriormente, en 1862 se crea el Concejo Municipal del Distrito Maracaibo, bajo la presidencia de Luís Araujo Guevara y luego de dos largas dictaduras, en 1958, se elige democráticamente a Noel Vidal, cambiándose el nombre de Distrito a Municipio Maracaibo.

Historia

UNIDAD POLÍTICA PRIMARIA Y AUTÓNOMA


   De acuerdo con lo establecido en el Título I, artículo 3 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal de fecha 1978, el municipio constituye la unidad política primaria y autónoma dentro de la organización social establecida en una extensión determinada de territorio. Tiene personalidad jurídica y su representación la ejercerán los órganos determinados en esta Ley.

La Ley se reformula en 1989 y establece que el gobierno municipal se ejerce por un alcalde (rama ejecutiva) y un concejo municipal (rama deliberante), donde al segundo le corresponde legislar y controlar al primero.

En 1990, entra en vigencia la nueva Ley de División Político-Territorial de Venezuela, con la elección directa de las autoridades municipales, concejales y alcaldes. Los estados quedaron conformados en municipios y estos a su vez por parroquias. El municipio Maracaibo en la actualidad está conformado por 18 parroquias.

FUNCIONES DEL MUNICIPIO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DE PODER PÚBLICO MUNICIPAL
   Creada el 8 de junio de 2005 según Gaceta Oficial N° 38.204; esta ley en referencia sustituye a la Ley Orgánica de Régimen Municipal y establece entre sus fundamentos "desarrollar los principios constitucionales, relativos al Poder Público Municipal, su autonomía, organización y funcionamiento, gobierno, administración y control, para el efectivo ejercicio de la participación protagónica del pueblo en los asuntos propios de la vida local, conforme a los valores de la democracia participativa, la corresponsabilidad social, la planificación, la descentralización y  la transferencia a las comunidades y grupos vecinales organizados, que son los que rigen en la actualidad el comportamiento de la municipalidad.

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